PORQUE LA FAMILIA VENDA SU MUERTO, LA JUSTICIA NO DEBE VENDERSE
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| MANUEL A. VEGA |
MANUEL A. VEGA
Atacando10@hotmail.com
A menudo se escucha en pueblos y barrios de ciudades de República
Dominicana, que matar a una persona es matar a un perro, como queriendo decirse
que la vida humana vale igual o meno que la de un canino.
Esta recurrente expresión en mi pueblo, Hato Mayor del Rey, enclavado en
el mismo corazón de la región Este de la isla Hispaniola (República Dominicana),
es una constante que favorece a criminales, violadores sexuales,
narcotraficantes y abogados, pero que perjudica la ética y la
moral del tren judicial, que se expone al escrutinio o cuestionamiento de la
sociedad cuando ve que alguien recobra su libertad por negociaciones “ocultas”
que se hacen entre familiares de víctimas y las de matadores o violadores de las
leyes.
Los muertos ya no valen nada para familiares, que negocian con pasmosa
calma el asesinato de un pariente.
Ya hay quienes piden a Dios que le maten a un familiar, para poder
solucionar su pobreza o mitigar un problema perentorio del
hogar.
El nuevo Código Procesal Penal permite las negociaciones entre las
partes, lo que permite que se enajene o contamine la diafanidad de la
justicia.
El
Art. 3 de la nueva ordenanza jurídica establece que nadie puede ser sancionado a una pena o medida de seguridad sin un
juicio previo.
El
juicio se ajusta a los principios de oralidad, publicidad, contradicción,
inmediación, celeridad y concentración.
Las negociaciones entre familiares de víctimas e imputados están
supeditadas a la medida de coerción, que priva la libertad del acusado,
mecanismo judicial a la que todo el mundo tiene terror.
En el Art. 16 que trata sobre el límite razonable de la prisión
preventiva, se establece claramente que la prisión preventiva está sometida a un límite temporal razonable a
los fines de evitar que se convierta en una pena anticipada.
Porque la familia venda sus muertos, la justicia no debe
venderse.
Muchos casos de crímenes quedan impunes en los tribunales de
justicias, porque falla el ejercicio de la acción penal, que es pública o
privada.
El artículo 29 del Código Procesal Penal es cortante en explicar
que cuando la acción penal es pública corresponde al ministerio público, sin
perjuicio de participación que el código concede a la víctima, y que es privada
cuando su ejercicio únicamente corresponde a la víctima.
En
el artículo 30 sobre la obligatoriedad de la acción pública, el ministerio
público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga
conocimiento, siempre que existan suficientes elementos fácticos para verificar
su ocurrencia. La
acción pública no se puede suspender, interrumpir ni hacer cesar, sino en los
casos y según lo establecido en este código y las leyes.
En
los casos de acción pública, el ministerio público debe desestimar la
conciliación e iniciar o continuar la acción cuando tenga fundados motivos para
considerar que alguno de los intervinientes ha actuado bajo coacción o
amenaza.
Las negociaciones judiciales están empañando los principios y la
moral, no solo de jueces y fiscales, sino a la sociedad misma, que en muchos
casos espera en casos espeluznantes, acciones ejemplarizadoras, que orienten
hacia la dignidad de los seres humanos.
Las muertes de civiles en manos de agentes policiales, son el
ejemplo más tangible de cómo se ha perdido el amor a la familia, a los hijos
muertos.
En
Hato Mayor, no solo se negocia la muerte de alguien, sino también las vaginas de
adolescentes, que son estupradas por familiares y vecinos.
Se
está implantando “las sentencias fuera de los tribunales”, lo que desvalorariza
el aparato judicial.
La
vida humana vale 150 mil, 200 mil, 300 mil, medio millón y más, según las
condiciones económica del matador.
La
virginidad de una niña adquiere connotación de “fino negocio”, ya que muchos
padres la sortean entre 100, 200 y hasta 300 mil pesos por la
prisión preventiva y el nefasto descrédito del imputado o acusado,
sino paga en medio de la amenaza.
Ha
que detener las negociaciones económicas extrajudiciales que se verifican con
regularidad y que cualquierizan el tren judicial en Hato
Mayor.
No
busco con este escrito manchar o herir la dignidad de jueces y
fiscales, a quienes prueba lo contrario son probos, más bien busco hacer mi
aporte para que se detenga lo que considero negocio solapado sin justicia fuera
de los tribunales.
Pienso y lo he discutido con jurisconsultos, que aunque la familia
venda sus muertos, la justicia no se puede vender, quedándose alelada sin hacer
nada.
No
se puede permitir o pretender ser noble cuando se está permitiendo la
innoblesa.
Pienso que jueces y fiscales tienen que abogar por el
adecentamiento real de la justicia, logrando que las negociaciones aviesa y
perversa dañen la imagen de una justicia, que aún sigue siendo la mejor de la
región Este.
A
los abogados no quiero culparlos, porque sé que ellos viven del ejercicio y de
beneficiar a los clientes judiciales, pero anhelo comunicarle, para que lo lean
y lo estudien, que ellos no permitan que por migajas, la justicia de Hato Mayor
sea exaltada a un plano donde solo cabe el descrédito y la cizaña del ejercicio
profesional.
El
bochorno judicial no debe estar cimentado o supeditado solo a ganar dinero,
pienso que la ética moral y profesional debe cocinarse con los principios y el
accionar profesional.
“Porque la familia venda su muerto, la justicia no debe
venderse”.

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