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miércoles, 14 de octubre de 2009

PROYECTO DEL LEY


Cabildos cobrarían por uso de playas

Ramón Pérez Reyes - 10/14/2009






Vacacionistas. La Cámara de Diputados envía proyecto a comisión.

Santo Domingo.- La Cámara de Diputados dispuso que una comisión estudie un proyecto de ley propuesto por el legislador de La Romana, Eugenio Cedeño, que obligaría a cada dominicano o extranjero a pagar por bañarse en una playa.

De aprobarse lo sugerido por el diputado perredeísta, los ayuntamientos de cada municipio donde están las playas cobrarían RD$35 diario a cada extranjero mayor de doce años que se hospede en los hoteles de los polos turísticos y RD$17.50 a cada dominicano bañista o vacacionista, como contribución, para mantener limpio y en orden el lugar.

Los criollos o extranjeros que entren a un establecimiento turístico sin autorización serán llevados a la cárcel o tendrá que pagar una multa, según ese proyecto.

Aclara que los propietarios de los terrenos contiguos a las costas, playas o riberas, así como los complejos turísticos o negocios de cualquier índole instalados o existentes frente a éstas, en ningún caso podrán colocar vallas, cercas, paredes o cualquier tipo de artificio o personal a su cargo, que impida el libre paso o estadía, a las personas en el espacio de dominio público.

La iniciativa limitaría el expendio de comidas y bebidas de cualquier género a áreas debidamente designadas, y la instalación de locales para tales fines será autorizada por los ayuntamientos municipales, bajo la regulación de las secretarías de Turismo, Medio Ambiente y Salud Pública.

Cedeño, quien en la Asamblea Revisora fue un crítico de que se incluyera en la Constitución el libre acceso a las playas “sin perjuicio de la propiedad privada”, aunque votó sí, propone que no se permita en las playas y balnearios el uso de fogatas. Solo estaría permitido el uso de “cocinillas o estufas portátiles”, en aquellas áreas previamente designadas por las autoridades.

El proyecto reglamentaría las actividades sociales, prácticas deportivas acuáticas o en el área de playa, y la circulación de botes y artefactos en el agua, a áreas designadas por las autoridades, que podrían incautar los artefactos al “infractor”.



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